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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37045 >> Fecha 22/02/2012 >> Articulo 18
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37045 - Articulo 18
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Artículo 18
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Artículo 18º—Obligatoriedad de actualizar y utilizar el Catálogo Nacional de Trámites. Es responsabilidad del Jerarca de la institución, en coordinación con los departamentos legales, las contralorías de servicio o quien asuma las tareas de las oficinas de información al ciudadano y oficiales de simplificación, el mantener actualizado el Catálogo Nacional de Trámites y la información que se brinda al ciudadano.

Es responsabilidad del jerarca de la institución junto con el oficial de simplificación de trámites y el departamento legal respectivo, velar porque las oficinas de información o la instancia que ostenta esa tarea mantengan actualizado la información del Catálogo Nacional de Trámites.

El oficial de simplificación de trámites dará seguimiento al proceso de actualización y notificará a la Dirección de Mejora Regulatoria de los cambios que se generen al Catálogo Nacional de Trámites. Asimismo, deberá velar por la capacitación constante de los funcionarios que estén a cargo de la oficina de información al ciudadano.

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