Artículo 58º—De
los casos en que no debe llenarse la Sección II denominada Manifestación de
Impacto Regulatorio del Formulario: Esta
sección del Formulario de Evaluación Costo Beneficio, no deberá
llenarse, cuando las preguntas que se formulan en la Sección I denominada “Control
Previo de Mejora Regulatoria” han sido contestadas de manera negativa
por el ente proponente de la regulación. En este caso, dicha Sección
deberá adjuntarse debidamente firmada por el oficial de Simplificación
de Trámites, a la propuesta de regulación.
(Así reformado por el artículo 1° del
decreto ejecutivo N° 38898 del 20 de noviembre de 2014)
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