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 Normativa >> Ley 9028 >> Fecha 22/03/2012 >> Articulo 11
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Normativa - Ley 9028 - Articulo 11
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Artículo 11
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ARTÍCULO 11.- Información falsa y etiquetado engañoso

Se prohíbe que las cajetillas o los cartones de los productos de tabaco contengan términos que los promocionen de manera equívoca, falsa o engañosa. 

Se prohíbe la utilización de los siguientes términos: “bajo en alquitrán”, “light”, “ultra-light”, “suave”, “extra”, “ultra”, así como cualquier otro que haga suponer al público que un producto de tabaco es menos perjudicial que otro en relación con su contenido, riesgos o emisiones.

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