ARTÍCULO 11.- Información falsa y etiquetado engañoso
Se prohíbe que las cajetillas o los cartones de los productos de tabaco
contengan términos que los promocionen de manera equívoca, falsa o engañosa.
Se prohíbe la utilización de los siguientes términos: “bajo en alquitrán”,
“light”, “ultra-light”, “suave”, “extra”, “ultra”, así como cualquier otro que
haga suponer al público que un producto de tabaco es menos perjudicial que otro
en relación con su contenido, riesgos o emisiones.
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