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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37025 >> Fecha 22/02/2012 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37025 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º—Ámbito de aplicación. Las disposiciones de este reglamento se aplicarán a los establecimientos donde se elaboren alimentos para el consumo humano, a partir del procesamiento de productos, subproductos o derivados de origen animal con otros que no tienen dicho origen. Se excluyen del presente Reglamento los establecimientos denominados “servicios de Alimentación al Público”.

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