VII.
—La vigencia de las regulaciones contenidas en esta resolución rige a partir
de la fase de formulación del presupuesto inicial correspondiente al ejercicio
económico del 2013, con excepción de lo estipulado en la norma “4.3.11
Cantidad de variaciones presupuestarias y monto máximo a variar por modificación
presupuestaria” la cual entra en vigencia a partir de su publicación.
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