Artículo 5º—Serán
funciones del CSIRT-CR:
• Asesorar al Consejo Director del CSIRT- CR en
el diseño de políticas, estrategias y acciones en materia de seguridad
cibernética e informática, así como elaborar programas nacionales en materia de
seguridad de tecnologías de la información y la comunicación.
• Promover la implementación de políticas y
estrategias de seguridad cibernética de las institucionales gubernamentales,
tomando en cuenta los estándares internacionales.
• Elaborar un plan de trabajo anual con las
prioridades y actividades a desarrollar en materia de seguridad cibernética e
informática para las instituciones gubernamentales.
• Elaborar informes de incidentes para las
diferentes instituciones gubernamentales que lo soliciten.
• Promover y ejecutar acciones de capacitación
en materia de seguridad cibernética e informática con expertos nacionales e
internacionales.
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