Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37071 >> Fecha 09/03/2012 >> Articulo 2
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 2
Normativa - Decreto Ejecutivo 37071 - Articulo 2
Ir al final de los resultados
Artículo 2
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 2°.-Rige a partir de su publicación. 

Dado en la Presidencia de la República.- San José a los nueve días del mes de marzo del dos mil doce.

Ir al inicio de los resultados