MUNICIPALIDAD DE
SANTA CRUZ
(Esta norma fue derogada por el artículo 105 del
Reglamento de contratación administrativa de la Municipalidad de Santa Cruz,
aprobado en sesión N° 09 del 1° de marzo de 2016.)
REGLAMENTO GENERAL DE
LA
PROVEEDURÍA MUNICIPAL
CAPÍTULO I
Objeto y nomenclatura
Artículo 1º—Objeto. El propósito del presente
reglamento es regular las disposiciones y procedimientos que regirán en las diferentes
etapas de la actividad contractual que despliegue la Municipalidad de
Santa Cruz a través del Departamento de Proveeduría, de conformidad con la
normativa de la Ley Nº
7494 del 2 de mayo de 1995 (Ley de Contratación Administrativa) y su reforma parcial
a través de la Ley
8511 del 16 de mayo del 2006, publicada en La Gaceta N° 128 del
4 de julio de ese mismo año, la cual entró a regir en enero del 2007. Así como,
en el Decreto Ejecutivo Nº 33411-H del 27 de setiembre del 2006, publicado en La Gaceta N° 210
(Reglamento a la Ley
de Contratación Administrativa), el Reglamento sobre el Refrendo de las
Contrataciones de la Administración Pública y sus reformas, el Código
Municipal y demás normas generales o específicas que supletoriamente afecten la
actividad municipal.
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