Artículo 25.—Recepción
y Apertura de Ofertas. Las ofertas deberán presentarse en el lugar o por el
medio que se indique en el cartel, a más tardar en la fecha y hora señaladas
para la recepción y apertura. Las ofertas serán entregadas en un sobre cerrado
en el que se consigne como mínimo, número y nombre del concurso para el cual se
está ofertando, así como el nombre o razón social de la persona física o
jurídica que presenta la oferta. Deberá estar acompañada de los demás
documentos y atestados solicitados por el cartel respectivo.
De la apertura se
levantará un acta, en la que se consignará: número y objeto del concurso fecha,
hora, lugar, funcionarios presentes designados a ese efecto y oferentes
presentes o sus representantes debidamente y legalmente acreditados. Los
oferentes o sus representantes podrán intervenir en el acto y hacer
observaciones generales, reservando sus solicitudes concretas para el momento
establecido en el procedimiento.
Lo expuesto en este
artículo será aplicable en los procesos de contratación directa en lo que
corresponda.
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