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 Normativa >> Reglamento municipal 02 >> Fecha 09/01/2012 >> Articulo 25
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Normativa - Reglamento municipal 02 - Articulo 25
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Artículo 25    (No vigente*)
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Artículo 25.—Recepción y Apertura de Ofertas. Las ofertas deberán presentarse en el lugar o por el medio que se indique en el cartel, a más tardar en la fecha y hora señaladas para la recepción y apertura. Las ofertas serán entregadas en un sobre cerrado en el que se consigne como mínimo, número y nombre del concurso para el cual se está ofertando, así como el nombre o razón social de la persona física o jurídica que presenta la oferta. Deberá estar acompañada de los demás documentos y atestados solicitados por el cartel respectivo.

De la apertura se levantará un acta, en la que se consignará: número y objeto del concurso fecha, hora, lugar, funcionarios presentes designados a ese efecto y oferentes presentes o sus representantes debidamente y legalmente acreditados. Los oferentes o sus representantes podrán intervenir en el acto y hacer observaciones generales, reservando sus solicitudes concretas para el momento establecido en el procedimiento.

Lo expuesto en este artículo será aplicable en los procesos de contratación directa en lo que corresponda.


 

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