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 Normativa >> Reglamento municipal 02 >> Fecha 09/01/2012 >> Articulo 50
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Normativa - Reglamento municipal 02 - Articulo 50
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Artículo 50    (No vigente*)
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Artículo 50.—Rescisión contractual. La rescisión del contrato se regirá conforme a lo establecido en los artículos 206, 207 y 208 del RLCA.


 

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