TRANSITORIO V. La Dirección General adoptará
las medidas necesarias tendientes a implementar en un plazo no mayor de doce
meses, un proceso de coordinación interinstitucional, que facilite la obtención
de información requerida en el presente Reglamento, cumplimiento de los artículos
8º y 9º de la Ley Nº 8220 y sus reformas y los artículos 3º, 6º, 11 y 16
del Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y
Trámites Administrativos.
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