Artículo 5º—Programa anual de adquisiciones.
Todas las dependencias de la DNN deberán planificar sus necesidades de bienes y
servicios.
Los programas de
adquisiciones serán confeccionados por cada Coordinación y por la Dirección
Ejecutiva y remitidos a la Coordinación Administrativa en las fechas que esta
establezca. La Coordinación Administrativa revisará e integrará toda la
información y procederá a la publicación del mismo.
Cualquier
modificación al programa de adquisiciones deberá ser remitida a la Coordinación
Administrativa, mediante solicitud formal, autorizada por la Dirección Ejecutiva
en la que consten las razones de la no incorporación en el programa inicial de
contrataciones y se procederá a la publicación de la modificación en el Diario
Oficial La Gaceta, por parte de la Coordinación Administrativa.
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