Buscar:
 Normativa >> Reglamento 23 >> Fecha 02/11/2011 >> Articulo 7
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 7     >>
Normativa - Reglamento 23 - Articulo 7
Ir al final de los resultados
Artículo 7
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 7º—Alcances del Reglamento. Se regirán conforme a este Reglamento todas las contrataciones que haga la Institución. Consecuentemente es responsabilidad de todos los trabajadores y funcionarios que presentan requerimientos de suministros y servicios y de quienes aprueban su adquisición y abastecimiento, cumplir cabalmente con sus disposiciones.

Ir al inicio de los resultados