Artículo 2.- Refórmese el
artículo 67 del Decreto Ejecutivo número 36451-MEP, publicado en La Gaceta
número 48 del 09 de marzo de 2011, para que en lo sucesivo se lea de la
siguiente manera:
“Artículo 67.- Son funciones
del Departamento de Tercer Ciclo y Educación Diversificada:
a) Proponer a la Dirección las
políticas curriculares para el funcionamiento de las ofertas del Tercer Ciclo y Educación Diversificada,
con el fin de que sean sometidas a consulta de las autoridades superiores y
presentadas al Consejo Superior de Educación (CSE) para su autorización.
b) Proponer a la Dirección las
directrices y lineamientos técnicos para el desarrollo de las ofertas del Tercer Ciclo y
Educación Diversificada.
c) Proponer a la Dirección las
directrices y lineamientos técnicos para el desarrollo de los servicios de
apoyo psicosocial en las ofertas de Tercer Ciclo y Educación Diversificada que
sea requerido, de acuerdo con los estudios técnicos elaborados para tales
efectos.
d) Incorporar en
las políticas curriculares para el funcionamiento de las ofertas de Tercer
Ciclo y Educación Diversificada, el desarrollo y articulación de los temas
transversales, de conformidad con los acuerdos adoptados para tales efectos por
el CSE.
e) Diseñar y
evaluar los planes y los programas de estudio del Tercer Ciclo y Educación Diversificada y
someterlos a consulta de las autoridades superiores, con el fin de que sean
presentados al CSE para su autorización.
f) Formular
propuestas innovadoras para el mejoramiento de las ofertas del Tercer Ciclo y Educación Diversificada.
g) Elaborar
recursos didácticos para el desarrollo curricular en las ofertas del Tercer Ciclo y
Educación Diversificada, incorporando las modernas tecnologías de la
información y la comunicación (TIC´s).
h) Llevar a cabo
procesos de investigación, evaluación y sistematización sobre los diferentes
aspectos relacionados con las ofertas del
Tercer Ciclo y Educación Diversificada, para orientar la toma de decisiones, de
conformidad con lo establecido por el CSE.
i) Brindar
asesoría técnica para el desarrollo de las ofertas del Tercer Ciclo y Educación Diversificada,
en el nivel regional.
j) Formular, en
coordinación con el Departamento de Evaluación de los Aprendizajes, directrices
curriculares para la evaluación de los procesos de aprendizaje en el Tercer
Ciclo y Educación Diversificada, de conformidad con la normativa vigente.
k) Proponer a la Dirección las
políticas de articulación y correlación entre las distintas asignaturas, ofertas,
ciclos, niveles y modalidades del sistema educativo, sobre la base de lo
autorizado por el CSE.
l) Formular
propuestas tendientes a la sensibilización e incorporación de la comunidad y la
familia en los procesos educativos.
m) Otras
funciones inherentes, relacionadas con su ámbito de competencias y
atribuciones, asignadas por el superior jerárquico”.