Artículo
26.—Sobre el Informe de Ejecución. La Unidad Técnica
de Gestión Vial Municipal deberá confeccionar un informe de ejecución de las
actividades, que detalle la cuantificación de los recursos invertidos en la
obra, de acuerdo con los aportes suministrados durante su ejecución.
En el
expediente administrativo, se deberá incluir copias de los Reportes diarios y
otros acontecimientos suscitados, tales como suspensiones, reanudaciones y
cierres.
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