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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37111 >> Fecha 12/01/2012 >> Articulo 50
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37111 - Articulo 50
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Artículo 50
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Artículo 50. —Queda prohibida la fabricación, importación, distribución y suministro en el territorio nacional, de muestras médicas que contengan estupefacientes y psicotrópicos.

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