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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37124 >> Fecha 19/03/2012 >> Articulo 27
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37124 - Articulo 27
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Artículo 27
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Artículo 27.- Coordinación interinstitucional. El ICE, la SETENA, el MINAET y la ARESEP deberán establecer los mecanismos de coordinación que permitan tanto la utilización de la información aportada por los dueños de los proyectos ante cada una de ellas como disponer del resultado de las gestiones particulares que realizan en cumplimiento de sus funciones, a efectos de facilitar la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos para la formalización de los contratos para compra de energía al amparo del Capítulo I de la Ley N° 7200 y sus reformas.

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