- Capítulo II.-
Elegibilidad
Artículo 4.-
Solicitud de Elegibilidad: Para obtener una declaratoria de elegibilidad, el
interesado deberá presentar la solicitud correspondiente ante el ICE,
adjuntando la siguiente información, la cual deberá ser respaldada por
profesionales del ramo en cada una de las especialidades, quienes se
responsabilizan de lo consignado:
i. Solicitante. Adjuntar con la solicitud, cuando se trate de
persona jurídica, una certificación de personería, del firmante que no tenga
más de tres meses de emitida indicando la condición en que actúa, y señalando
el domicilio legal para notificaciones, lo anterior de conformidad con el
Reglamento del Registro Público Decreto Ejecutivo No. 26771-J, artículo 71;
Código Procesal Civil, artículo 369 y Código de Notariado, artículo 110.
Además, en el caso de que el solicitante sea una empresa, se deberá aportar una
declaración jurada de que la empresa cumple con el requisito estipulado en el
artículo 3 de la Ley de Generación Autónoma o Paralela, No. 7200 y sus
reformas, en relación con el porcentaje de participación de ciudadanos
costarricenses en el capital social.
Para este efecto se hace
imprescindible que la documentación de comentario sea expedida por un Notario.
ii.
Capacidad financiera del solicitante. Demostrar la capacidad financiera de la
empresa, incluyendo como mínimo:
a) Estados financieros de la empresa emitidos, por un
Contador Público autorizado. En el caso de una empresa nueva, debe presentarse
el balance de apertura.
b) Disponibilidad de los recursos
financieros necesarios para completar los estudios del proyecto. A tal efecto,
el monto del capital de trabajo que la empresa deberá tener disponible para
estos efectos no podrá ser menor al equivalente del 1.54% del costo total estimado
del proyecto. En este caso el capital de trabajo se entiende como el exceso de
activos corrientes sobre las cuentas corrientes del pasivo corriente, mostradas
en los estados financieros de la empresa, y que constituye el capital de
disposición inmediata necesario para continuar las operaciones de un negocio.
Alternativamente, el solicitante podrá presentar una carta oficial extendida
por una entidad bancaria reconocida en donde dicha entidad se compromete a
abrir una línea de crédito a favor del solicitante por el monto señalado y
exclusivamente para el desarrollo del proyecto propuesto.
iii. Informe preliminar del proyecto. Este informe deberá
contener la siguiente información:
a) Resumen descriptivo del proyecto. Describir las
principales estructuras que se tiene previsto construir.
b) Estudio preliminar del recurso
energético que demuestre la existencia del recurso a explotar. Indicar la
fuente primaria de energía, la tecnología a utilizar para su aprovechamiento, y
las mediciones realizadas. En el caso de proyectos hidroeléctricos, debe
indicarse además:
·
Nombre del río y otras corrientes fluviales a aprovechar.
·
Caudales promedio mensuales de las corrientes, en metros
cúbicos por segundo.
·
El caudal de diseño, en metros cúbicos por segundo.
·
Elevación de la presa y de la descarga de casa de máquinas,
en metros sobre el nivel del mar (m.s.n.m.)
c) Estimación preliminar de producción., Adjuntar la memoria
de cálculo de la potencia y energía obtenible, detallando:
·
Potencia nominal de la planta y potencia ofrecida al ICE
(kW).
·
Energía promedio anual estimada de la planta y energía
ofrecida al ICE (kWh).
d) Diseños preliminares: Adjuntar como mínimo lo siguiente:
· Croquis del proyecto en mapas completos originales o copia
nítida del Instituto Geográfico Nacional (IGN) en escala 1:50.000 indicando la
ubicación de las obras.
·
Croquis de los caminos de acceso al proyecto.
·
Esquemas individuales de las principales obras, indicando
dimensiones estimadas.
·
Croquis de la línea propuesta de interconexión al SEN y subestación
asociada en mapa original o copia nítida del IGN, esc. 1:50.000.
e) Inversión prevista. Estimar el costo del proyecto y
describir el método previsto para financiar la totalidad de la inversión
estimada.
iv. Personal de asesoría técnica. Adjuntar el cuadro del personal
de asesoría técnica, con las respectivas firmas de aceptación por parte de los
profesionales señalados.