MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ
El Concejo Municipal de La Cruz, Guanacaste, conforme a las potestades
conferidas por los artículos: 4º, inciso a), 13, inciso c) y el e) y el 17,
incisos a) y h) del Código Municipal, Ley número 7794 y el artículo 170 de la
Constitución Política, relativa a la autonomía municipal, según lo dispuesto
por la Sala Constitucional mediante el Voto Nº 5445-99, de las catorce horas,
treinta minutos del catorce de julio de mil novecientos noventa y nueve,
artículo 22 de la resolución R-DC-92-2009 de La Contraloría General de La
República, acuerda promulgar el siguiente Reglamento.
REGLAMENTO AUTÓNOMO DE
ORGANIZACIÓN
Y SERVICIO MUNICIPALIDAD
DE LA CRUZ,
GUANACASTE
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—El presente Reglamento servirá para regular las relaciones de
empleo de la Municipalidad de La Cruz, en adelante denominada la MUNICIPALIDAD,
y sus servidores, con ocasión o por consecuencia del trabajo, de conformidad
con lo dispuesto en el ordenamiento jurídico administrativo y laboral vigente
así como en el Código Municipal.
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