Artículo
11.—Son principios éticos del servidor municipal los siguientes:
a) Orientar el ejercicio de la función municipal
al ejercicio del bien común, que es su fin último y esencial, basándose en los valores
de seguridad, justicia, solidaridad, paz, libertad y democracia.
b) La lealtad, la eficiencia, la probidad, la
confidencialidad, la responsabilidad y el respeto a la autoridad, hacia los
demás funcionarios así como hacia los clientes externos, son valores
fundamentales e intrínsecos al ejercicio de la función pública municipal.
c) Asimismo la confidencialidad, imparcialidad,
objetividad y el decoro deben ser guiar las actuaciones de los servidores.
d) Es obligación de todo servidor formular la
denuncia correspondiente ante la autoridad competente, cuando en el ejercicio
de su cargo tenga conocimiento de cualquier irregularidad en perjuicio de los
funcionarios y/o de la Municipalidad.
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