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 Normativa >> Reglamento municipal 05 >> Fecha 02/02/2012 >> Articulo 150
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Normativa - Reglamento municipal 05 - Articulo 150
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Artículo 150
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          Artículo 150.—Para la correcta aplicación e interpretación de conceptos establecidos en el presente Reglamento, debe entenderse por:

FALTA: Toda infracción o contravención por acción, comisión u omisión en que incurra cualquier funcionario o trabajador de la Municipalidad en contra de las disposiciones de las Leyes especiales y supletorias.

NEGLIGENCIA: El omitir o descuidar deliberadamente el cumplimiento de sus deberes y obligaciones debidamente asignadas.

IMPERICIA: No tener el conocimiento, habilidades, ni la capacidad para cumplir con eficiencia y eficacia los deberes y obligaciones de un puesto de trabajo.

IMPRUDENCIA: Incurrir deliberadamente en la omisión del debido cuidado de los deberes y obligaciones asignados en el desempeño de su cargo.

INCAPACIDAD MANIFIESTA: Ocupar un cargo sin demostrar fehacientemente la capacidad académica, técnica y operativa que se requiere en el cumplimiento de los deberes y obligaciones debidamente asignados al puesto que se desempeña.

MEDIDA DISCIPLINARIA: Es la sanción o pena administrativa que se impone a una persona por incumplir o contravenir los deberes y obligaciones que debe realizar o por no observar las normas para la buena marcha del trabajo.

DEBERES Y OBLIGACIONES: Son las actividades, tareas o atribuciones que tienen que cumplir las personas que ocupan cargos en la Institución y que se encuentran explicadas o descritas en el Manual de Clasificación de Puestos de la Institución.

INSUBORDINACIÓN: La persona que en ejercicio de su cargo se niegue mediante hechos o actos deliberados a obedecer las órdenes o instrucciones impartidas por sus jefes inmediatos, funcionarios o autoridades de la Municipalidad, dictadas dentro del respectivo ámbito de sus atribuciones y facultades.

INDISCIPLINA: Son actos o hechos realizados por una persona, que contravienen normas imperativas o prohibitivas establecidas en la Municipalidad, con el fin de que exista orden, respeto, armonía, igualdad y disciplina entre trabajadores, funcionarios y personas a quienes se sirve.


 

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