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 Normativa >> Reglamento municipal 05 >> Fecha 02/02/2012 >> Articulo 30
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Normativa - Reglamento municipal 05 - Articulo 30
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Artículo 30
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          Artículo 30.—Se considera tiempo efectivo de trabajo aquel en que los trabajadores permanezcan bajo las órdenes y dirección inmediata o delegada del Patrono o no pueda salir del lugar donde presta sus servicios incluso en los tiempos destinados para descansar o tomar alimentos.


 

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