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 Normativa >> Reglamento municipal 05 >> Fecha 02/02/2012 >> Articulo 47
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Normativa - Reglamento municipal 05 - Articulo 47
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Artículo 47
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          Artículo 47.—La institución debe mantener actualizado el Manual descriptivo de Puestos. Por lo menos cada dos años, el Departamento de Recursos Humanos debe efectuar un estudio integral de los puestos y así actualizar el Manual descriptivo de Puestos.


 

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