Buscar:
 Normativa >> Reglamento municipal 05 >> Fecha 02/02/2012 >> Articulo 60
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 60     >>
Normativa - Reglamento municipal 05 - Articulo 60
Ir al final de los resultados
Artículo 60
Versión del artículo: 1  de 1

          Artículo 60.—Quedan protegidos por el Código Municipal y son responsables de sus disposiciones todos los funcionarios municipales nombrados conforme al sistema de selección de dicha ley y remunerados por el presupuesto de la Municipalidad.


 

Ir al inicio de los resultados