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 Normativa >> Reglamento municipal 05 >> Fecha 02/02/2012 >> Articulo 72
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Normativa - Reglamento municipal 05 - Articulo 72
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Artículo 72
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CAPÍTULO XVII

De la salud ocupacional

          Artículo 72.—Declárese de interés público todo lo referente a la salud ocupacional, que tiene como finalidad promover y mantener el más alto nivel de bienestar físico, mental y social del servidor en general, prevenir todo daño causado a la salud de éste por condiciones del trabajo, protegerlo en su empleo contra riesgos resultantes de la existencia de agentes nocivos a la salud, colocar y mantener al servidor en un empleo con sus aptitudes fisiológicas y en síntesis, adaptar el trabajo al hombre y cada hombre a su tarea.


 

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