CAPÍTULO XXII
Obligaciones de los
funcionarios con cargo de jefatura
Artículo 92.—Conforme lo
dispuesto en este Reglamento, el Código Municipal, el Código de Trabajo o la
Convención respectiva, son obligaciones de los funcionarios con cargo de
jefatura:
1. Diagnosticar periódicamente en forma objetiva y
veraz, el desempeño de todos sus subalternos en los aspectos técnicos,
operativos, administrativo, disciplinario y brindarles o gestionar la
capacitación que requieran.
2. Preparar informes y reportes mensuales sobre la
marcha de su respectiva dependencia o proyecto los cuales se deberán entregar
por escrito, dentro del quinto día del mes siguiente al jefe inmediato, o de
forma inmediata, sobre cualquier hecho relevante que requiera pronta solución.
3. Observar que se cumplan las normas de
disciplina y asistencia que la Municipalidad tenga en aplicación.
4. Planificar, orientar y guiar a sus
colaboradores para que las actividades y procesos asignados se desarrollen
conforme a las normas de eficiencia y calidad deseadas.
5. Velar porque sus subordinados disfruten de sus
vacaciones de modo tal que no se produzcan acumulaciones indebidas de estas.
6. Cumplir sus funciones sin sujeción a los
límites de la jornada establecida en este Reglamento, cuando fuere necesario,
de forma excepcional, sin que ello genere remuneración adicional.
7. Elevar ante el Departamento de Recursos Humanos
en el término improrrogable de dos días hábiles a partir del que tuvo
conocimiento los informes correspondientes sobre las faltas en que incurrieron
los funcionarios a su cargo.
8. Velar para que los funcionarios bajo su
coordinación y supervisión cumplan con las obligaciones señaladas en este
Reglamento y leyes conexas y no incurran en las conductas prohibitivas que aquí
se señalan.
9. Tramitar en el plazo de dos días hábiles
siguientes las solicitudes de justificación, que le presenten sus subalternos
por llegadas tardías en que incurran en ocasión de atender asuntos de índole
laboral, que le impidan efectuar la marca respectiva en la hora oficial de
entrada, así mismo justificar la ausencia de marca a la salida de labores que
se originen por situaciones de esa misma naturaleza.
10. Cumplir con todas las demás obligaciones
propias de su cargo.
11. Tomar las precauciones necesarias para
prevenir posibles accidentes.
12. Velar para el buen uso de la totalidad de las
herramientas asignadas a su departamento.
13. Devolver en el momento en que cese en sus
funciones los materiales, herramientas y enseres que se les ha entregado para
sus labores.