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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37139 >> Fecha 10/04/2012 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37139 - Articulo 3
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Artículo 3
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            ARTÍCULO 3.- Vigencia. El presente Decreto rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República, a los 10 días del mes de abril del año dos mil doce.

 

 

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