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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37168 >> Fecha 08/05/2012 >> Articulo 18
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37168 - Articulo 18
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Artículo 18
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Artículo 18º—Las solicitudes aprobadas serán objeto de un contrato de incentivos, el cual contendrá las normas básicas que regirán las relaciones entre el MICIT y el beneficiario, garantizando con esto el uso correcto de los fondos del erario público.


 

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