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 Normativa >> Reglamento municipal 07 >> Fecha 21/02/2012 >> Articulo 5
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Normativa - Reglamento municipal 07 - Articulo 5
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Artículo 5
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Artículo 5º—Solicitante. La solicitud deberá ser presentada formalmente ante el Concejo Municipal por una organización de vecinos formalmente constituida o, en su defecto, por un Comité de vecinos.

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