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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26436 >> Fecha 16/10/1997 >> Articulo 23
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26436 - Articulo 23
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Artículo 23
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CAPÍTULO IV

De la valoración del aprendizaje

Artículo 23.-EI curso lectivo se divide en dos períodos. En consecuencia, el rendimiento escolar progresivo del alumno se certificará semestralmente.


 

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