Artículo 42.-El alumno que
obtuviere un promedio de calificaciones en los dos períodos, igualo superior a
70, en cada asignatura del plan de estudios del respectivo año escolar,
alcanzará la condición de APROBADO o EGRESADO; y se tendrá como APLAZADO en
aquella o aquellas asignaturas cuyo promedio final en el último período, fuese
inferior a 70.
El alumno de undécimo año
deberá aprobar las asignaturas del plan de estudios correspondiente a la
modalidad humanística, para obtener el derecho de efectuar los exámenes finales
de Bachillerato y obtener la condición de egresado de la Educación
Diversificada.
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