Artículo 34.-El alumno
contará con tres días hábiles, a partir del día en que se reincorpore a las
lecciones, para presentarse ante el respectivo profesor, o ante el Ejecutivo
Institucional, con el fin de que se le señale una fecha para realizar un examen
extraordinario. Deberá proceder de igual forma cuando se trate de ausencias a
trabajos de investigación.
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