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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26436 >> Fecha 16/10/1997 >> Articulo 15
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26436 - Articulo 15
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Artículo 15
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Artículo 15.-Los estudiantes de los Colegios Humanísticos tendrán derecho a asistencia económica para atender sus estudios, en aquellos casos en los que se pruebe que las condiciones socioeconómicas de la familia así lo justifiquen.


 

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