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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37165 >> Fecha 04/06/2012 >> Articulo 19
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37165 - Articulo 19
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Artículo 19
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CAPITULO IV

MATERIAL Y EQUIPO

Artículo 19.- El hogar de larga estancia para personas adultas mayores, debe de contar con el equipo y mobiliario necesario para el desempeño de las labores administrativas y de cuido básico de la persona adulta mayor, según Anexo B y C (parte 3. recursos materiales y equipo) del presente Reglamento.

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