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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37185 >> Fecha 26/06/2012 >> Articulo 46
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37185 - Articulo 46
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Artículo 46
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Artículo 46.- Para la aplicación de las competencias asignadas al Ministerio de Salud y a fin de procurar la mayor efectividad y eficacia en el trámite de los asuntos relacionados con las infracciones a la Ley y sus reglamentos, se aplicará el Procedimiento Sumario establecido en el Capítulo Segundo, del Título Sexto de la Ley General de la Administración Pública, tal y como lo establece el artículo 39 de la Ley.

 


 

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