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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37155 >> Fecha 08/03/2012 >> Articulo 26
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37155 - Articulo 26
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Artículo 26
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Artículo 26°.- Guía de Origen y Movilización. Para el movimiento y transporte de cerdos dentro del país, se deberá contar con una Guía de Origen y Movilización que se constituye como una autorización para el traslado de los cerdos. La misma deberá ser emitida desde el establecimiento donde se origina la movilización por el propietario de los animales o su representante, teniendo la misma el carácter de declaración jurada. La Guía es válida para un único destino y por un período no mayor a 24 horas posteriores a su emisión. En cada guía deberá declararse el número total de animales a movilizar, la cantidad por categoría (sexo y grupo etario), el origen y el destino de los mismos, así como los detalles de su identificación.

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