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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37204 >> Fecha 12/06/2012 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37204 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3º— Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.- San José, a los 12 días del mes de junio del dos mil doce.

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