Buscar:
 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 23/07/2012 >> Articulo 6
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 6     >>
Normativa - Reglamento 0 - Articulo 6
Ir al final de los resultados
Artículo 6
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 6º—Ideas rectoras. Corresponde al Auditor Interno la dirección superior y administración de la Auditoría Interna del Hospital. Por tanto le compete al Auditor Interno establecer y asegurarse de mantener actualizados, en el Compendio General de Políticas, Procedimientos y Disposiciones de la Auditoría Interna, la visión y misión institucional, políticas y procedimientos que regirán el accionar de la unidad a su cargo, de conformidad con las normas, políticas y directrices emitidas o que en el futuro emita la Contraloría General de la República.

Así mismo debe velar por la administración, acceso y custodia de la documentación de la Auditoría, especialmente, la información relativa a los asuntos de carácter confidencial que estipulan los artículos 6 de la Ley General de Control Interno y el 8 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública. Mantener actualizado, cumplir y hacer cumplir el presente reglamento de organización y funcionamiento.


 

Ir al inicio de los resultados