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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37229 >> Fecha 05/06/2012 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37229 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4°—La Comisión Gubernamental del Acuerdo Social Digital se reunirá de manera ordinaria mensualmente y en forma extraordinaria cuando lo considere necesario su Presidente o por acuerdo de todos sus miembros. En caso de ausencia de uno de los Ministros miembros de esta comisión podrá asistir en su representación el o la Viceministra que designe al efecto. El quorum se integrará con la presencia de la mayoría de sus miembros. Para los demás efectos se regirá por lo dispuesto en la Ley General de la Administración Pública. La comisión se mantendrá en sus funciones hasta que entren en funcionamiento todos los programas y proyectos propuestos en el Acuerdo Social Digital.

 


 

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