TRANSITORIO III.-
En el tanto se elabore y apruebe la
nueva reglamentación de la presente ley se mantendrá en vigencia el Reglamento
sobre Regulación y Control de la
Propaganda de Bebidas Alcohólicas vigente, Decreto Ejecutivo
N.º 4048.
Rige a partir de su publicación.
Dado en la
Presidencia de la República, San José, a los veinticinco días del
mes de junio del año dos mil doce.
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