- CAPITULO II
- REQUISITOS GENERALES
- PARA LA CONCESION DE
EXPLOTACION
Artículo 9º. De los requisitos para autorización de minería en pequeña
escala y artesanal subterránea. La solicitud de una concesión de
explotación artesanal o de minería a pequeña escala subterránea, debe
presentarse por personas organizadas en cooperativas mineras ante el RNM con
todos los requisitos que se detallan a continuación:
a) La solicitud por escrito, en original y dos copias, debidamente firmada
por su representante legal, adjuntando fotocopia certificada de la cédula
jurídica y certificación notarial o registral de la personería jurídica de la
cooperativa y sus representantes.
b) Indicar el mineral de interés en explotar.
c) Copia del EsIA aprobado por la
SETENA junto con la copia de la resolución de aprobación emitida
por la SETENA.
d) Extensión y definición del área que se solicita, representada en hoja
cartográfica del IGN escala 1:50000, o fotocopia a color debidamente
certificada, relacionada con un hito geodésico, y con indicación de la
localidad, distrito, cantón y provincia a que corresponden.
e) Croquis del área a explotar, con extensión del área, debiendo demostrar
el acceso a la zona a explotar indicando si el acceso es público o privado. Si
el acceso es por medio de una propiedad privada, deberá aportarse el permiso
por escrito del propietario registral de la inmueble junta copia de su cédula
de identidad o jurídica.
f) Plazo solicitado.
g) Certificación del SINAC de que el área no se encuentra bajo algún
régimen de protección o dentro de alguna área silvestre protegida.
h) Declaración jurada rendida ante Notario Público del representante legal
de la cooperativa en la que claramente exprese que él y sus agremiados no se
encuentran cubiertos por las prohibiciones contenidas en el artículo 9 del
Código de Minería.
i) Programa de labores de explotación propuesto, elaborado por un geólogo o
ingeniero en minas debidamente incorporado al Colegio de Geólogos de Costa
Rica, señalando el equipo que pretende utilizar en las labores de explotación,
utilización de explosivos, sitios de acopio del mineral, instalación de rastras
y ubicación de las pilas de colas.
j) Señalar dentro del expediente administrativo lugar para atender
notificaciones dentro del perímetro del primer circuito judicial de San José.
k) Firma autenticada por abogado.