Artículo 19°. Remisión al Instituto Nacional de Transferencia
Agropecuaria (INTA). Una vez cumplidos los requisitos y aprobado el
proyecto propuesto, en el caso de las rastras, de previo a la confección de los
edictos, el interesado debe presentar al RNM un Estudio de Uso Conforme del
Suelo, elaborado por un profesional de su competencia acreditado en el INTA.
Una vez presentado el Estudio el expediente administrativo será remitido en
consulta por el RNM al INTA, de conformidad con el último párrafo del artículo
25 del Código de Minería.
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