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 Normativa >> Reglamento 19 - B >> Fecha 18/07/2012 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento 19 - B - Articulo 1
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Artículo 1
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COMITÉ OLÍMPICO NACIONAL DE COSTA RICA

 (Nota de Sinalevi: La presente norma se extrajo del sitio web del Comité Olímpico Nacional, y se transcribe a continuación:)

REGLAMENTO DE DONACIONES DEL COMITÉ OLÍMPICO NACIONAL

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1—Objeto. El presente Reglamento regula todo lo relacionado con las donaciones de los bienes muebles que el CON realice en beneficio de cualquier organización deportiva, siempre y cuando dicho acto se encuentre enmarcado dentro de los objetivos institucionales y se haga en beneficio del desarrollo deporte a nivel nacional.

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