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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37286 >> Fecha 19/04/2012 >> Articulo 170
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37286 - Articulo 170
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Artículo 170
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Artículo 170. —Convenios con empleadores para la deducción de las cuotas de los colegiados. El Colegio podrá suscribir convenios con las distintas instituciones empleadoras a fin de que previa autorización de las personas colegiadas, se les rebaje las cuotas directamente del salario. El convenio determinará el tiempo y forma en que se suministrarán la información integrando al Colegio las sumas retenidas.


 

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