CAPÍTULO XI
De la organización interna del Colegio de la Asamblea General
Artículo 30. —De su
conformación. Las asambleas generales ordinarias o extraordinarias se constituirán
únicamente con la asistencia de los profesionales de enfermería que se
encuentren activos y al día con sus obligaciones económicas. Para la
participación se requiere presentar licencia al día.
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