CAPÍTULO XII
De la Junta Directiva
Integración y Funcionamiento
Artículo 37. —De sus miembros.
La Junta Directiva
estará integrada por ocho miembros que ocuparán los cargos de: Presidencia,
Secretaría, Tesorería, Fiscalía y cuatro vocales. El fiscal del Colegio
integrará, de conformidad con la
Ley, la
Junta Directiva con derecho a voz y voto.
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