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 Normativa >> Directriz 038 >> Fecha 31/08/2012 >> Articulo 4
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Normativa - Directriz 038 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4º—Se convoca a los jerarcas de los entes, órganos y empresas públicas para que ordenen y dirijan acciones a lo interno de sus instituciones, especialmente aquellas de carácter presupuestario, para lograr la mejor vinculación entre las actividades institucionales y los planes, programas y proyectos que se prioricen en el seno de los Consejos Cantonales de Coordinación Interinstitucional, así como velar para que los acuerdos tomados en el seno de estos consejos se cumplan, siempre y cuando tales acuerdos hayan sido tomados dentro del ejercicio de las facultades legales conferidas a los miembros de esos Consejos.

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