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Artículo 3º.- Las disposiciones de la presente ley se aplicarán a
los servidores públicos, aun cuando los actos que den lugar a ello se
hayan cometido o intentado cometer en el extranjero, sin perjuicio de las
normas sobre extraterritoriedad contenidas en el Código Penal.
Quedan a salvo las prerrogativas e inmunidades que la Constitución
Política otorga a los miembros de los supremos poderes. La Asamblea
Legislativa admitirá o no las acusaciones que se interpongan contra
ellos, de conformidad con el inciso 9) del artículo 121 de la
Constitución Política.
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