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 Normativa >> Ley 6872 >> Fecha 17/06/1983 >> Articulo 3
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Normativa - Ley 6872 - Articulo 3
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Artículo 3
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3

Artículo 3º.- Las disposiciones de la presente ley se aplicarán a

los servidores públicos, aun cuando los actos que den lugar a ello se

hayan cometido o intentado cometer en el extranjero, sin perjuicio de las

normas sobre extraterritoriedad contenidas en el Código Penal.

Quedan a salvo las prerrogativas e inmunidades que la Constitución

Política otorga a los miembros de los supremos poderes. La Asamblea

Legislativa admitirá o no las acusaciones que se interpongan contra

ellos, de conformidad con el inciso 9) del artículo 121 de la

Constitución Política.

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