Artículo 9 °- Objetivos estratégicos
del Ministerio de Salud para el ejercicio de la función rectora de vigilancia
de la salud.
1.
Articular de manera efectiva las acciones que ejecutan múltiples actores sociales
para la vigilancia de la salud; orientándolos hacia el análisis integral del
estado de salud, sus determinantes y tendencias, de tal forma que la evidencia
generada permita diseñar intervenciones efectivas que contribuyan a proteger y
mejorar las condiciones de salud de la población.
2. Propiciar que los múltiples
actores sociales que apoyan al Ministerio de Salud en la ejecución de la
función rectora de vigilancia de la salud apliquen normas, protocolos e
instrumentos comunes y estandarizados, que permitan asegurar la calidad de la
información y de las recomendaciones generadas por el proceso de vigilancia de
la salud.
3. Realizar el análisis y difusión
de la información sobre el estado de salud, sus determinantes y tendencias, en
todos los niveles, a fin de seleccionar las medidas más apropiadas para
proteger y mejorar la salud de la población, de tal manera que ésta sea
oportuna, pertinente, objetiva y útil para la toma de decisiones.
4. Contribuir a fortalecer las
unidades de vigilancia de la salud de los entes públicos, a nivel nacional,
regional y local, de tal manera que puedan cumplir, con excelencia, las
funciones asignadas dentro del sistema.
5. Apoyar y promover el desarrollo
de la investigación sobre el estado de salud de la población, sus determinantes
y tendencias.
6. Impulsar la ampliación,
fortalecimiento y modernización de la red de laboratorios públicos y privados
que apoyan la función de vigilancia de la salud; y contribuir a incrementar la
capacidad de respuesta de los centros nacionales de referencia.
7. Contribuir a desarrollar y
mantener actualizada una moderna plataforma tecnológica, que posibilite el
intercambio de información y la comunicación en tiempo real, entre los actores
sociales, y que facilite o permita automatizar la captación, integración y el
análisis de los datos.